jueves, 5 de diciembre de 2024
¡Asamblea Fin de Año!!
martes, 19 de noviembre de 2024
Caballito colapsa!!!!!
martes, 22 de octubre de 2024
Exigimos que se respeten las normas vigentes
Queridos amigos del barrio:
Según informaciones recibidas, la firma Inversiones y Representaciones S.A. (IRSA) se propone avanzar con un plan de obras en la Ciudad de Buenos Aires. Entre otras, algunos medios mencionan un complejo de tres enormes torres en la manzana rodeada por las calles Colpayo, Felipe Vallese, Méndez de Andes y Rojas.
Este emprendimiento tiene su historia de rechazos vecinales. Por empezar, esa manzana está dentro de uno de los sectores del barrio alcanzados por la Ley 2722, vigente desde junio de 2008 y recogida, primero, por el Código de Planeamiento Urbano. Su reemplazante, el Código Urbanístico aprobado en 2018, siguió el texto original de la mencionada Ley, incluído en su Anexo II. Áreas especiales individualizadas. U 85 Barrio de Caballito, Zona 2 b y en el Anexo IV. Plancheta de Edificabilidad y Usos N°16.
El primer encontronazo tuvo lugar cuando, tras una larga lucha de los vecinos de Caballito, la Legislatura sancionó la Ley 2722 el 22 de mayo de 2008, el Poder Ejecutivo la vetó parcialmente y la devolvió. Del nuevo estudio del cuerpo legislativo surgió un texto que fue votado unánimemente y finalmente, entró en vigencia a fines de junio. Créase o no, durante el período que corrió entre la sanción inicial y la entrada en vigencia, el Gobierno de la Ciudad completó el estudio de expediente de permiso de obra solicitado para esa manzana y lo aprobó. Por supuesto, según una norma anterior y aceptando la construcción de tres enormes torres.
Desde junio de 2008 hasta el mismo mes de 2011, no hubo novedades en el lugar hasta que, a pocos días de cumplirse tres años del otorgamiento del permiso, la empresa TLGT inició tareas en el lugar. Cabe señalar que el Código de Edificación indica que el permiso de obra otorga un plazo para comenzar de, justo, tres años.
Con gran acompañamiento de vecinos, se presentó un recurso de amparo, atendiendo a la enorme diferencia entre el proyecto aprobado y la normativa definida para el lugar, y la rara sucesión de "precisos enviones". Luego de varias instancias, en 2016 el Tribunal Supremo de Justicia rechazó el reclamo, en fallo dividido.
La obra avanzó muy lentamente, con algunas detenciones no esperables en un emprendimiento de esa magnitud y por las dificultades que, desde la misma demolición de los edificios preexistentes, repercuten en los alrededores. Por fin, parece que se completó la estructura de hormigón de una torre y todo quedó, otra vez, frenado. No se conocen los motivos de tanta demora, la pandemia llegó tiempo después. Sólo se mantuvo, y por largos años, una constante y caudalosa salida de agua sobre la calle Colpayo, probablemente bombeada para deprimir la napa de agua, encharcando la esquina con Vallese y recargando la infraestructura pluvial.
Nos preguntamos cómo será esta nueva instancia. Se sigue hablando de las tres torres, de una "modificación al proyecto" de 2007, presentada en 2022 y aceptada en 2023, que presenta ampliaciones en los sótanos y quita de balcones en la torre cuya estructura de hormigón ya está construida, sin esos balcones.
Nos remitimos al Código de Edificación, mejor dicho, a los Códigos, ya que el que suplantó al vigente cuando empezó la obra fue suspendido por la Justicia por no haberse contemplado los reclamos de los ciudadanos…
El que regía al comenzar la obra (que recobró vigencia ante la defección del otro), dice que cuando la autoridad competente "comprueba que una obra queda paralizada durante seis (6) meses por la no ejecución de trabajos constructivos y/o de instalaciones dejará constancia del estado en que se encuentra y la declarará Paralizada". ¿Habrá actuado la Agencia de Control y viendo la obra detenida declaró su paralización y por eso no vemos avances? Al reclamarlo, hace tiempo, nos dijeron que no estaba "paralizada" sino "sin comenzar".
O correspondía aplicar el hoy suspendido (disculpe, don Cortázar, por mal plagiar sus "Instrucciones para subir una escalera"), que indica que desde el otorgamiento del permiso hasta el fin de la ejecución de una obra de gran envergadura no deben pasar más de seis (6) años, con una posible ampliación de hasta 120 días. Y, más estricto, dice que, si una obra no se ejecuta durante 180 días corridos, se la puede declarar paralizada. ¿Actuó la Agencia de Control bajo estos criterios y por eso no se vieron avances? Es muy serio que nada sea serio.
En cualquier caso, debería presentarse un nuevo proyecto para el lugar, acorde con lo establecido por el ya mencionado Código Urbanístico en su Anexo II. Áreas especiales individualizadas. U 85 Barrio de Caballito, Zona 2 b y en el Anexo IV. Plancheta de Edificabilidad y Usos N°16. Y esperamos que, atendiendo a la posición expresada por el Jefe de Gobierno, no se dé lugar a ningún acuerdo urbanístico que apele a la gran superficie del terreno para justificar torres de enorme altura, desconociendo las características propias de ese sector del barrio, ya demasiado castigado por otros tres mastodontes cercanos. La citada disposición habilita "edificios de perímetro libre" hasta un plano límite de 21m.
martes, 10 de septiembre de 2024
Este viernes sumate al encuentro del barrio!
SUMATE !!!
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jueves, 22 de agosto de 2024
LOS QUIJOTES DE CABALLITO VELAN ARMAS
lunes, 29 de julio de 2024
NO a los edificios altos en el entorno del Pasaje Chirimay
SOS Caballito: soscaballito@gmail.com
NO a los edificios altos en el entorno del Pasaje Chirimay
SOS Caballito: soscaballito@gmail.com
martes, 23 de julio de 2024
Asamblea 105
lunes, 10 de junio de 2024
¡NO AL SHOPPING! ¡BASTA DE TORRES! ¡SI AL PARQUE!
Caballito no necesita torres
jueves, 6 de junio de 2024
LA LUCHA SIEMPRE SIRVE!
Enviado: domingo, 2 de junio de 2024 12:54
Asunto: LA LUCHA SIEMPRE SIRVE!