lunes, 13 de agosto de 2018

Victoria de los vecinos: la Justicia frenó dos polémicos proyectos de Larreta

 


 
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A través de una medida precautelar, se suspendió el tratamiento parlamentario del Código Urbanístico y el Código de Edificación.



Victoria de los vecinos: la Justicia frenó dos polémicos proyectos de Larreta


A través de una medida precautelar, se suspendió el tratamiento parlamentario del Código Urbanístico y el Código de Edificación.  

La jueza Andrea Danas dictó una medida precautelar ordenando la suspensión del tratamiento legislativo de los proyectos de ley N° 849-J-2018 (Código Urbanístico) y 1058-J-2018 (Código de Edificación) hasta tanto la Legislatura y el Poder Ejecutivo informen en el plazo de cinco días el estado parlamentario de los mismos sus antecedentes y si efectivamente se ha convocado a audiencia pública previo a su tratamiento legislativo.

En la causa judicial caratulada "ARCE, JUAN ALBERTO CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - OTROS", Expte. N° A13917-2018/0, la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) y el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) cuestionaronla omisión tanto del Poder Ejecutivo como de la Legislatura de la ciudad en convocar y realizar la Audiencia Pública Obligatoria que dispone el art. 63 de la Constitución de la Ciudad.

El 4 de abril de este año, el Jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, remitió a la Legislatura el proyecto de ley N° 849-J-2018 que tiene por objeto aprobar el nuevo Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y el 19 de abril remitió el proyecto de ley N° 1058-J-2018 que tiene por objeto aprobar el Código de Edificación de la Ciudad

De acuerdo al artículo 63 de la Constitución de la Ciudad es obligatoria la convocatoria a audiencia pública "antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos".

La jueza expresó en su fallo que "la suspensión del procedimiento legislativo se presenta como una medida necesaria para preservar los mecanismos de participación ciudadana garantizados constitucionalmente, y compatibilizar los intereses en juego, hasta tanto el tribunal pueda evaluar la procedencia de la medida cautelar solicitada, con mayores elementos de juicio".



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