viernes, 10 de julio de 2015

La piqueta para el que no cumple



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Sábado, 4 de julio de 2015

La piqueta para el que no cumple

En la calle Cramer hay un edificio que obtuvo un "enrasamiento" pintoresco, medida macrista que acaba de ser derogada por la Justicia y que implica demoler lo que se construyó de más.

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Por Sergio Kiernan
Uno de los curretes más tradicionales de la especulación inmobiliaria es la de lograr excepciones, favores e interpretaciones favorables de las autoridades municipales. Esto existe desde que existe un código urbano y se regulan las cosas, por el inmortal principio hispánico de que se hace la ley y se hace la trampa. La diferencia es que la movilización de los vecinos transformó estas trampitas antes rutinarias –y baratas– en escándalos políticos, en focos de movilización y en acciones legales, como aprendió a disgusto el grupo IRSA, por nombrar a uno. Para los socios políticos de la especulación, como claramente es el PRO, cada vez es más difícil ayudar, aunque lo hacen con ganas.
El fallo de este miércoles contra los constructores de un edificio de ocho pisos en la calle Cramer 3151-3155 es ejemplar por dos razones: por desarmar conceptualmente el currete y por marcar un ejemplo de rigor al ordenar que se demuela lo que se hizo de más. Este tipo de órdenes contradice toda la perezosa y tramposa lógica instalada en nuestra ciudad, la que dice "ya está hecho" y acepta convivir con las faltas tan lucrativas para el delincuente. En ciertos círculos, lo que hizo el décimo juzgado en lo Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires es novedoso y subversivo para los que usan esta ciudad como un Amazonas a deforestar.
El fallo lleva la firma de un valiente, el juez Aurelio Ammirato en la causa "Olga Pilar Hernández y otros" contra la ciudad, con las comillas resumiendo a un grupo de vecinos del barrio que iniciaron la demanda. Estos vecinos fueron a la justicia cuando se dieron cuenta que la obra iba a pasar por mucho la zonificación de su barrio, una R2b1 que la mantiene bajita y residencial, como ellos quieren y como es físicamente. Cuando empezaron a investigar descubrieron, como resume el fallo, el mecanismo de los curretes municipales.
Resulta que la constructora presentó en 2011 planos de obra para hacer un pequeño edificio de acuerdo a la zonificación de la cuadra. Eran tres pisos de altura, 972 metros de superficie total y uno de esos diseños anodinos que hoy pasan por arquitectura moderna. Pero una vez aprobados los planos, los constructores pasaron al lado oscuro de la fuerza y "percibieron" que en el lote de al lado se alzaba un edificio anterior, muy feo, pero de ocho pisos de altura. Obviamente, el adefesio era producto de una zonficación anterior, de esas que buscan el "progreso" del barrio aumentando la densidad.
Lo que hicieron fue pedir un "enrasamiento", figura que fue creada con cierta lógica para casos muy específicos. Como la legislación porteña es un carnaval de contradicciones y jeroglíficos incomprensibles –nada casualmente, que así se inventan tantos negocios– hay lugares que cambiaron más de una vez de reglamentación y alturas. Si un constructor compra un lote entre dos edificios de quince pisos, pero el lote tiene ahora una altura máxima de once, puede pedir un enrasamiento, o sea llegar a la altura de sus vecinos para que no quede un hueco en la línea de la cuadra. Es un currete cuestionable, pero tiene alguna lógica.
Lo que no tiene ni ton ni son es que los "desarrolladores" de Cramer 3151-3155 pidieran un enrasamiento y que el gobierno porteño se lo concediera. Y no tiene sentido alguno porque la condición de un enrasamiento es que haya dos edificios altos y que el lote a construir se encuentre en el medio. En este caso y como se ve clarito en la foto, hay apenas un edificio de altura de un lado y una casa de planta baja y primer piso del otro. ¿Qué enrasamiento puede haber?
Pues para la pintoresca y experta en curretes Dirección General de Interpretación Urbanística de la Ciudad, la respuesta es obvia porque ellos aplican una regla y sólo una: que la solución correcta sea la que le sume más metros al empresario. Con lo que muy sueltos de cuerpo le autorizaron un "enrasamiento" con el edificio de al lado, con lo que la altura siguió hasta los ocho pisos y la superficie casi se duplicó, llegando a 1806 metros cuadrados totales.
Cuando los vecinos denunciaron la situación en sede judicial, la constructora siguió muy campante con la obra, confiada en la tradición del "ya está hecho" y seguramente con apoyo moral del gobierno porteño. El edificio ya está prácticamente terminado y llega a los 28 metros de altura, bien por encima de los quince permitidos por zonificación y tapando a su vecino del otro lado, de apenas siete metros.
Pero como suele pasarle todo el tiempo al macrismo, cuando el papeleo municipal llegó al juzgado, se cayó todo. Los jueces no suelen andar por los pasillos del Ministerio de Planificación absorbiendo la "normalidad" complaciente hacia la industria que ahí campea, con lo que terminan fallando desde otra lógica. El juez Ammirato encontró que la resolución 977 de la DGIUR era ilegal y la declaró nula, algo que ya ocurrió con muchos otras medidas de gobierno. Pero lo que no había ocurrido nunca, lo que es inédito y sanísimo es que le ordenó al gobierno porteño "readecuar" el edificio para que cumpla con la zonificación, lo que explícitamente incluye la demolición de lo que se construyó de más.
Seguramente el fallo va a ser apelado y le darán largas y cortas para no cumplir la orden, pero hay un castigo a la avivada que ya está en efecto: el edificio es invendible, nadie va a comprar un departamento en un lugar que puede ser demolido en un 50 por ciento. En efecto, Cramer 3151-3155 es un clavo de hormigón de ocho pisos de altura sujeto a los tiempos de la Justicia, que no son rápidos. Es horrible pensar en el lucro cesante, el capital paralizado de este emprendimiento. Lo que lleva a pensar: ¿quién en su sano juicio va confiar en las garantías del macrismo para hacer un negocio?
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