Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de Octubre de 2016.
Parte I
LA JUSTICIA ANALIZA LA FALTA DE AUDIENCIA PÚBLICA
DEL PROYECTO DE SHOPPING DE CABALLITO
El Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) e integrantes del Consejo Consultivo de la Comuna Nº 6 presentaron una Acción de Amparo[1] para exigir la realización de la Audiencia Pública, que evalúe el proyecto del nuevo shopping en Caballito (Proyecto de Ley N° 2982-J-2016), en forma previa a su tratamiento en la Legislatura porteña.
La Audiencia Pública es obligatoria en virtud del art. 63 de la Constitución de la Ciudad y la Legislatura no debería avanzar en el tratamiento de dicho Proyecto hasta que ésta se realice. Pero en IRSÓPOLIS nada de esto se cumple.
En la Ciudad de IRSA, el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, remitió por quinta vez un proyecto de ley a la Legislatura para permitir a IRSA la construcción del shopping más grande de la Argentina en Caballito[2], en las adyacencias del Club Ferrocarril Oeste con una altura máxima de 38 m (alrededor de diez pisos de altura).
El proyecto del Poder Ejecutivo no tiene la forma de un Convenio Urbanístico firmado entre el privado interesado, en este caso IRSA, y el GCBA, como debería ser. Al contrario, la iniciativa de que en esos predios se autorice la construcción de un shopping aparece como sólo del GCBA. IRSA no aparece, sólo los funcionarios de la Ciudad dan la cara y defienden el proyecto.
En IRSÓPOLIS no sorprende que la prioridad de la planificación de la ciudad continúe siendo favorecer los intereses del más grande desarrollador inmobiliario de la Argentina y no atender tantas otras necesidades urgentes de los porteños.
El nuevo shopping en Caballito, impulsado por Larreta e IRSA, es cuestionado fuertemente por los porteños y principalmente por los habitantes de Caballito. Desde el primer intento, en el año 2008, se han denunciado las graves consecuencias sociales, ambientales y económicas que se generarían.
¿Qué sucede con las voces de los vecinos, con su derecho a decidir la planificación de la ciudad y de su Comuna? Es soslayada en forma absoluta. Larreta sólo escucha sus promesas a IRSA, con quien su familia y sus funcionarios tienen estrechos vínculos.
De acuerdo al art. 63 de la Constitución de la Ciudad la convocatoria a Audiencia Pública "es obligatoria antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos"[3].
Esta norma es un mandato directo para el Poder Ejecutivo. El proyecto de ley 2982-J-2016 contiene normas de planeamiento urbano y de emplazamiento comerciales. Por lo tanto, debió convocarse obligatoriamente a Audiencia Pública en forma previa al tratamiento Legislativo, es decir, antes de su remisión a la Legislatura.
Esto no sólo no ha sido cumplido sino que además la Legislatura de la Ciudad el jueves 20 de Octubre convocó a reunión conjunta de Asesores de las Comisiones de Planeamiento Urbano y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, para tratar dicho proyecto de ley.
En Irsópolis, la Justicia deberá decidir si sólo se escuchará la voz y los intereses especulativos de IRSA o también la voz de los ciudadanos que defienden el Derecho a la Ciudad.
CONTACTO:
Observatorio del Derecho a la Ciudad:
Jonatan Baldiviezo: (011) 15 3266-7008
observatorioderechoalaciudad@g
Integrante del Consejo Consultivo de la Comuna Nº 6
Martín Iommi: (011) 15 5037-1162
[1] Expte. N° 18338-2016/0 caratulado "ARCE JUAN ALBERTO y otros CONTRA GCBA SOBRE AMPARO", que tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 3, Secretaría N° 6.
[2] En el mes de septiembre de 2016, el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad, el Sr. Horacio Rodríguez Larretai, remitió a la Legislatura de la Ciudad un proyecto de ley de "NORMAS URBANISTICAS ESPECIALES PARA UN PREDIO DE DOMINIO PRIVADO DENTRO DE LOS TERMINOS DE LA SECCION 9 DEL CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO".
Este proyecto de ley tramita en la Legislatura en el Expte. N° 2982-J-2016.
[3] El propio Poder Ejecutivo ha cumplido con el art. 63 de la Constitución de la Ciudad en otras oportunidades.
Por ejemplo, para el tratamiento del proyecto de integración y transformación para la re-urbanización de la Villa 20 en el marco de la Ley 1770 (texto consolidado por Ley 5454). En este caso, el proyecto que contiene normas de planeamiento y, por lo tanto, se estipuló convocar a audiencia pública para el día 23 de septiembre de este mes.
En el Dictamen de la Procuración General N° IF-2016-18526355-PG, del 4 de agosto de 2016 en el Expte. N° 16021984-IVC-2016, se expresa con claridad: "Con la convocatoria de audiencia pública para integrar, transformar y re-urbanizar una villa se satisface el recaudo que con carácter general establece el art. 63 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que determina que este instituto es obligatorio "...antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos."
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